BUROFAX REDACTADO POR ABOGADA
Tu burofax, redactado y revisado por abogada antes de enviarlo
BurofaxLegal redacta tu requerimiento fehaciente y una abogada civil lo revisa antes de que lo envíes por Correos. Trabajamos impagos de alquiler, devolución de fianzas, incumplimientos de contrato, cuotas de comunidad y deudas entre particulares. Pagas un precio cerrado y sabes qué plazos legales aplican a tu caso antes de dar el paso.
Qué es un burofax y qué acredita exactamente
Un burofax permite obtener constancias distintas según las opciones contratadas con Correos. La certificación de contenido acredita el texto enviado y el acuse o prueba de entrega documenta el resultado de la entrega. Es lo que la ley llama un requerimiento fehaciente: prueba que tú pediste algo a alguien en una fecha concreta.
Esa prueba importa. Por ejemplo, en un desahucio por impago de alquiler, la LEC art. 22.4 excluye la enervación cuando hubo requerimiento fehaciente al menos 30 días antes de demandar, la deuda seguía impagada al presentar la demanda y concurren los demás requisitos legales. La redacción vigente produce efectos desde el 3 de abril de 2025.
Un requerimiento unilateral no equivale por sí solo a una negociación. Si el texto formula una propuesta real de acuerdo y cumple los requisitos aplicables al procedimiento, puede contribuir a documentar el intento negociador que deba acreditarse según la LEC art. 264.4º.
Por qué redactado por abogada y no una plantilla
Una plantilla gratuita te da párrafos genéricos. No te dice si tu caso encaja en esa plantilla ni qué plazo legal te conviene citar. Una redacción de abogada parte de tus hechos concretos: qué contrato existe, qué se incumplió, desde cuándo y qué pides exactamente.
Esa precisión evita dos errores habituales. Pedir de menos (solo la renta y no los intereses) o pedir de forma ambigua (sin plazo claro, con cómputos que el juez podría tachar de inválidos). La revisión previa al envío es nuestro estándar, no un extra.
Para quién es este servicio
Para particulares y pequeños negocios que quieren resolver un conflicto por escrito antes de litigar. Propietarios con inquilinos morosos, arrendatarios que no ven su fianza, comunidades de vecinos con cuotas impagadas y cualquiera que prestó dinero y no lo ha recuperado.
Si tu caso ya está en vía judicial o prevés una demanda compleja, esto no es lo que necesitas. Te lo diremos antes de cobrarte y te orientaremos sobre el siguiente paso.
Qué no prometemos (límites honestos)
No prometemos que el destinatario pague. Un burofax ejerce presión y crea prueba; no ejecuta la deuda por sí solo. Si el otro no responde, el siguiente paso es una reclamación judicial y ahí el servicio ya no cubre la defensa en juicio.
Tampoco prometemos plazos postales: Correos fija cuándo se entrega según el servicio que contrates. Nuestro compromiso sí es concreto: una abogada revisa el texto, los plazos que señalas y las cantidades antes de enviarlo.
Despacho y zona de actuación
El servicio lo revisa Carla Morales, abogada ejerciente civil y mercantil colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Jerez, desde Jerez de la Frontera (Cádiz). El encargo se tramita online, así que atendemos clientes de toda España.
La entidad canónica del despacho es carlamorales.es. También publicamos guías jurídicas en Trámites Jurídicos y atendemos presencialmente en Jerez a través de JerezLegal.
Qué puedes requerir con un burofax bien redactado
Burofax de requerimiento de pago de alquiler
Requiere al inquilino el pago de rentas y prepara, si se cumplen todos los requisitos legales, la oposición a una posterior enervación.
Desde 79 € IVA incluido
Burofax para reclamar la devolución de la fianza
Reclama tu fianza con plazo legal de un mes e intereses si el casero se retrasa.
Desde 79 € IVA incluido
Burofax de requerimiento por incumplimiento de contrato
Exige el cumplimiento o la resolución del contrato con indemnización, con base en el Código Civil.
Desde 79 € IVA incluido
Burofax para reclamar cuotas de comunidad a un vecino
Reclama cuotas comunitarias impagadas con el respaldo de la LPH art. 21.
Desde 79 € IVA incluido
Burofax para reclamar deudas entre particulares
Reclama préstamos entre particulares con la formalidad que un juez tomará en serio.
Desde 79 € IVA incluido
Preguntas que nos hacen los clientes
¿Un burofax sirve como prueba en un juicio?
Puede aportar prueba documental si contratas y conservas las constancias adecuadas: certificación de contenido, justificante de admisión y prueba o acuse de entrega. Su valor concreto depende del producto contratado, del resultado de la entrega y del asunto discutido.
¿Qué diferencia hay entre el burofax de BurofaxLegal y uno hecho con una plantilla?
La plantilla no conoce tu caso. Nosotros redactamos sobre tus hechos concretos, revisamos los plazos aplicables a partir de los documentos y fechas que aportas y una abogada revisa el texto antes del envío. Si tu situación no encaja en un burofax, te lo decimos antes de cobrarte.
¿Cuánto tarda el envío una vez redactado?
La redacción y revisión la entregamos normalmente en 24-48 horas laborables. El plazo de entrega postal lo marca Correos según el servicio que elijas: las modalidades y opciones disponibles. Ese plazo no depende de nosotros.
¿Qué pasa si el destinatario no contesta al burofax?
El burofax cumple su función igual: deja constancia fehaciente de que requeriste. Si no responde en el plazo señalado, puedes valorar la vía judicial. En ese punto te orientamos sobre qué procedimiento encaja, aunque la defensa en juicio ya es un encargo distinto.
¿El precio incluye el envío de Correos?
El precio cerrado incluye la redacción y revisión por abogada. El envío de Correos se paga aparte porque su tarifa depende del servicio y las opciones que elijas. En la web de Correos puedes consultar el producto y tarifa vigente del burofax.
Fuentes normativas
- Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos — Art. 36. Fianza: devolución en un mes desde la entrega de llaves e intereses desde ese plazo
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil — Art. 22.4. Enervación del desahucio: no cabe si hubo requerimiento fehaciente 30 días antes de demandar
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil — Art. 264.4º. Documento acreditativo de actividad negociadora previa (MASC)
- Ley 1/2025, de 2 de enero — Refuerzo del requisito MASC; efectos desde el 3 de abril de 2025
- Correos — Producto y tarifa vigente del burofax
- Código Civil — Art. 1101. Indemnización por incumplimiento o morosidad
- Código Civil — Art. 1124. Resolución del contrato por incumplimiento
Comprobado el 2026-09-28. Los textos enlazados son los consolidados del BOE.
Próxima apertura
La infraestructura y la información están preparadas. El servicio se abrirá cuando Carla confirme personalmente tarifas, plazos y alcance.